lunes, 25 de septiembre de 2017

Análisis de la Gaceta 41221, direccionalización en Educación Especial

Al finalizar el año escolar 2016-2017,  la modalidad de educación especial, recibió una directriz desde la ZEA, donde los subdirectores debían hacer modificaciones al ámbito de atención que prestan sus diferentes docentes especialistas en las instituciones atendidas a través de las unidades operativas como las “UPES”. Ya finalizando el mes de junio y principios del mes de Julio 2017 se notifico a los docentes de las diferentes decisiones emanadas de la respetada ZEA, donde se emitía la orden a la UPE, (cuando digo UPE me refiero a todas en general), de que su radio de acción y atención educativa solo debía delimitarse a nivel de primaria solo los grados: 2do., 3er., 4to y 5to grado, dejando de abordar el liceo como espacio de la continuidad de la formación de los estudiantes, así como dejar de atender a manera preventiva educación inicial, ante tal planteamiento los docentes de educación especial no les ha sido fácil digerir dicha orden, pero no deja de ser algo fuera de serie.




            Ante esta situación, siempre el ser humano tiene la potestad o posición de emitir pronunciamientos al respecto, pero los que somos temerosos de Dios, tomando en cuenta que nuestra constitución invoca el nombre del Dios todopoderoso, que leemos la palabra de nuestro señor reflejada en la Biblia, sabemos que Jesús hizo referencia a respetar las autoridades establecidas en nuestro día a día, “a Dios lo que es de Dios y al césar lo que es del césar” y también este maravilloso libro nos dice que debemos orar por la autoridades o nuestros líderes y respetarlos pues es disposición del mismo Dios que estén allí, (mi intención no es hablar de teología o religión pero esto tiene una implicación), este principio en lo personal me tomo a obedecer la directriz emanada de ZEA, pero sabiendo que no estaba en lo más acertada o encausada en la Integración del Sujeto Con Necesidades Educativas Especiales, sin embargo emprendimos un año escolar 2017 2018 bajo este precepto.
            Mi gran sorpresa es que en fecha del 24 de  Agosto de 2017 el Ministro de Educación, Elías Jaua, emitió una organización dentro de la Conceptualización de educación especial otorgándole una figura de adecuación y dirección al accionar de los docentes de educación especial, bajo la  Gaceta Oficial bajo el numero 41221, en ella al analizarla y relacionarla con el accionar pedagógico hay elementos de interés y que contradice lo que ZEA había emitido a principios del mes de Julio de 2017. Basándose en la Ley de Procedimientos administrativos, la Ley de Personas con Discapacidad y la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, tomando en cuenta que la educación en la Republica Bolivariana de Venezuela es de máximo interés en todos sus NIVELES Y MODALIDADES, el estado asume junto a las familias el acompañamiento de la prosecución de estudios de la población atendida en el SUBSISTEMA DE EDUCACION BASICA, garantizando que educación especial es solo una modalidad que pretende garantizar la formación integral de las estudiantes y los estudiantes, personas adultas con Necesidades Educativas Especiales, QUE POR SUS CARACTERISITCAS Y CONDICIONES, requieren atención interdisciplinaria y de las adaptaciones curriculares en las instituciones oficiales o privados de educación especial o INTEGRADOS EN LOS NIVELES DE DEL SUBSISTEMA DE  EDUCACIÓN BÁSICA. Aquí es bueno preguntarse: ¿ A caso el Liceo escapa de esta realidad? Veamos!
            Es entonces que el MPPE, que la política de conceptualización no esta mal o desactualizada es que se debe hacer efectiva en su aplicación y cumplimiento pero con ciertos elementos que deben direccionarla por eso esta RESOLUCION DE ESTA GACETA.

            NORMAS QUE DIRECCIONALIZAN  LOS ELEMENTOS CENTRALES DE LA CONCEPTUALIZACION Y POLITICA PARA LA ATENCION EDUCATIVA INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES Y/O CON DISCAPACIDAD.
            Este es el nombre que esperábamos por mucho tiempo, pues recordemos que no es un antojo del Estado sino que el mismo a través de la Consulta Educativa realizada en el año 2014 ha hecho la reorganización e impulso en áreas educativas, pues es política de Estado la educación de nuestro país.
            Como objeto principal de esta RESOLUCION es: regular los elementos centrales de la conceptualización y política para la atención educativa integral de las personas con necesidades educativas especiales y/o discapacidad así como las específicas de sus áreas de atención y programas de apoyo, para su debida aplicación.
             Entre las finalidades de esta resolución hace mención  de que como modalidad se debe atender a sujetos dentro de la institución con o sin necesidades educativas especiales, hay que preguntarse: Sin Necesidades especiales? Esto quiere decir, que desde el accionar pedagógico de la Educación Especial se refiere al área de la prevención, y quienes reciben la atención de la prevención? El nivel de educación Inicial!!!!
            Fomentar el respeto a la diversidad, la solidaridad, la formación integral de las personas en función de las diferencias individuales, ritmos, modos y estilos de aprendizaje que le permiten el reconocimiento de si mismo con dignidad como ser social. Esto es necesario llevarlo a la realidad cuando el estudiante sale de un sexto grado y es promovido al liceo, hay que preguntarse si amerita o no la atención con métodos diferenciados en el liceo de parte de la educación especial, ya que no se ha visto que al cambiar de color de camisa las Necesidades Educativas Especiales también cambien o desaparezcan, es CUANDO SE HABLA DE LA CONTEXTUALIZACION DEL CURRICULO, LA ADECUACION DEL MISMO PARA QUE EN DIGNIDAD SUS PROCESOS DE APRENDIZAJE SEA ALCANZADOS, es cuando mas necesita el apoyo de los docentes especialistas en el liceo.
            Como ámbito de publicación de esta resolución cita al SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN BÁSICA, es necesario recordar cómo está integrado y lo siguiente es tomado de la Ley Orgánica de Educación 2009:
Cuando se organiza el  Sistema Educativo Venezolano, se hace un énfasis en que el Subsistema de educación Básica que integrado por:
a) Nivel de educación inicial,
b) Nivel de educación primaria
c) Nivel de educación media.
El nivel de educación inicial: Comprende las etapas de maternal y  preescolar destinadas a la educación de niños  y niñas con edades comprendidas entre cero y seis años.
El nivel de educación primaria: Comprende seis años y conduce a la obtención del certificado de educación primaria.
El nivel de educación media: Comprende dos opciones:
Educación media general: con duración de cinco años, de primero a quinto año; y  Educación media técnica con duración de seis años, de primero a sexto año.
             Entonces!!!!! Los docentes de Educación Especial, debemos salir de los liceos, de Educación Inicial y concentrarnos todos de segundo grado a quinto grado????
             A esto le sumamos los principios bajo los cuales se rige la Educación Especial y vuelve hacer énfasis a lo anterior: Educación Liberadora, universalidad, diversidad, formación, formación integral, unidad, educación y trabajo, practica de la equidad-inclusión, prevención, corresponsabilidad social e integración social.
             Para acentuar a donde debemos abocarnos se establece como línea estratégica de atención, la atención educativa integral de niños, niñas y adolescentes jóvenes, adultas y adultos integrados en las instituciones y centros educativos de los niveles y modalidades del SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN BÁSICA, tomando en cuenta la definición de subsistema de educación básica en la LOE 2009. Esto deja de lado y sin efecto la orden de ZEA donde se nos ordenaba dejar de atender INICIAL Y LICEO!!!!! DONDE SE HACE referencia aque la atención es desde edades tempranas hasta la adultez, me parece que Educación Especial esta Fortalecida y debe hacer mucho dentro de nuestro Sistema Educativo Venezolano.
            Para añadir más contundencia a esta RESOLUCIÓN DEL MPPE, se establece que el abordaje es: población desde los 3 años de edad hasta los 15 años en las instituciones escolares, se puede determinar y se confirma que a partir de 3 años estamos manejando educación inicial y 15  años ya hasta media general. Donde su Artículo 12 es claro y pleno como la luna llena. Y termina con una sentencia desde el punto de vista de la línea de acción de la intrasectorialidad, que se debe abocarse el docente de educación especial a coordinar y participar en la atención de los estudiantes en los DIFERENTES NIVELES Y MODALIDADES, mas a nuestro favor y razón.
             En mi opinión personal hacia falta esta aclaratoria por parte del MPPE, hay mucho por hacer, respeto al MPPE y ZEA como rectores de la Educación, y sigamos juntos en la transformación educativa como consecuencia de una consulta educativa en el país.


            Atte. Urián Felipe Valencia Rave, Dificultades del Aprendizaje 25-09-2017

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