Al
finalizar el año escolar 2016-2017, la
modalidad de educación especial, recibió una directriz desde la ZEA, donde los
subdirectores debían hacer modificaciones al ámbito de atención que prestan sus
diferentes docentes especialistas en las instituciones atendidas a través de
las unidades operativas como las “UPES”. Ya finalizando el mes de junio y principios
del mes de Julio 2017 se notifico a los docentes de las diferentes decisiones
emanadas de la respetada ZEA, donde se emitía la orden a la UPE, (cuando digo
UPE me refiero a todas en general), de que su radio de acción y atención educativa
solo debía delimitarse a nivel de primaria solo los grados: 2do., 3er., 4to y
5to grado, dejando de abordar el liceo como espacio de la continuidad de la formación
de los estudiantes, así como dejar de atender a manera preventiva educación
inicial, ante tal planteamiento los docentes de educación especial no les ha
sido fácil digerir dicha orden, pero no deja de ser algo fuera de serie.
Ante esta situación, siempre el ser
humano tiene la potestad o posición de emitir pronunciamientos al respecto,
pero los que somos temerosos de Dios, tomando en cuenta que nuestra constitución
invoca el nombre del Dios todopoderoso, que leemos la palabra de nuestro señor
reflejada en la Biblia, sabemos que Jesús hizo referencia a respetar las
autoridades establecidas en nuestro día a día, “a Dios lo que es de Dios y al
césar lo que es del césar” y también este maravilloso libro nos dice que
debemos orar por la autoridades o nuestros líderes y respetarlos pues es disposición
del mismo Dios que estén allí, (mi intención no es hablar de teología o religión
pero esto tiene una implicación), este principio en lo personal me tomo a obedecer
la directriz emanada de ZEA, pero sabiendo que no estaba en lo más acertada o
encausada en la Integración del Sujeto Con Necesidades Educativas Especiales,
sin embargo emprendimos un año escolar 2017 2018 bajo este precepto.
Mi gran sorpresa es que en fecha del
24 de Agosto de 2017 el Ministro de Educación,
Elías Jaua, emitió una organización dentro de la Conceptualización de educación
especial otorgándole una figura de adecuación y dirección al accionar de los
docentes de educación especial, bajo la Gaceta Oficial bajo el numero 41221, en ella
al analizarla y relacionarla con el accionar pedagógico hay elementos de interés
y que contradice lo que ZEA había emitido a principios del mes de Julio de
2017. Basándose en la Ley de Procedimientos administrativos, la Ley de Personas
con Discapacidad y la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes, tomando en cuenta que la educación en la Republica Bolivariana de
Venezuela es de máximo interés en todos sus NIVELES Y MODALIDADES, el estado
asume junto a las familias el acompañamiento de la prosecución de estudios de
la población atendida en el SUBSISTEMA DE EDUCACION BASICA, garantizando que educación
especial es solo una modalidad que pretende garantizar la formación integral de
las estudiantes y los estudiantes, personas adultas con Necesidades Educativas
Especiales, QUE POR SUS CARACTERISITCAS Y CONDICIONES, requieren atención
interdisciplinaria y de las adaptaciones curriculares en las instituciones
oficiales o privados de educación especial o INTEGRADOS EN LOS NIVELES DE DEL
SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN BÁSICA. Aquí es
bueno preguntarse: ¿ A caso el Liceo escapa de esta realidad? Veamos!
Es entonces que el MPPE, que la política
de conceptualización no esta mal o desactualizada es que se debe hacer efectiva
en su aplicación y cumplimiento pero con ciertos elementos que deben
direccionarla por eso esta RESOLUCION DE ESTA GACETA.
NORMAS QUE DIRECCIONALIZAN LOS ELEMENTOS CENTRALES DE LA CONCEPTUALIZACION
Y POLITICA PARA LA ATENCION EDUCATIVA INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON NECESIDADES
EDUCATIVAS ESPECIALES Y/O CON DISCAPACIDAD.
Este es el nombre que esperábamos por
mucho tiempo, pues recordemos que no es un antojo del Estado sino que el mismo
a través de la Consulta Educativa realizada en el año 2014 ha hecho la reorganización
e impulso en áreas educativas, pues es política de Estado la educación de
nuestro país.
Como objeto principal de esta
RESOLUCION es: regular los elementos centrales de la conceptualización y política
para la atención educativa integral de las personas con necesidades educativas
especiales y/o discapacidad así como las específicas de sus áreas de atención y
programas de apoyo, para su debida aplicación.
Entre las finalidades de esta resolución hace mención de que como modalidad se debe atender a
sujetos dentro de la institución con o sin necesidades educativas especiales,
hay que preguntarse: Sin Necesidades especiales? Esto quiere decir, que desde
el accionar pedagógico de la Educación Especial se refiere al área de la
prevención, y quienes reciben la atención de la prevención? El nivel de educación
Inicial!!!!
Fomentar el respeto a la diversidad,
la solidaridad, la formación integral de las personas en función de las diferencias
individuales, ritmos, modos y estilos de aprendizaje que le permiten el
reconocimiento de si mismo con dignidad como ser social. Esto es necesario
llevarlo a la realidad cuando el estudiante sale de un sexto grado y es
promovido al liceo, hay que preguntarse si amerita o no la atención con métodos
diferenciados en el liceo de parte de la educación especial, ya que no se ha
visto que al cambiar de color de camisa las Necesidades Educativas Especiales también
cambien o desaparezcan, es CUANDO SE HABLA DE LA CONTEXTUALIZACION DEL
CURRICULO, LA ADECUACION DEL MISMO PARA QUE EN DIGNIDAD SUS PROCESOS DE
APRENDIZAJE SEA ALCANZADOS, es cuando mas necesita el apoyo de los docentes
especialistas en el liceo.
Como ámbito de publicación de esta resolución
cita al SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN BÁSICA, es necesario recordar cómo está
integrado y lo siguiente es tomado de la Ley Orgánica de Educación 2009:
Cuando
se organiza el Sistema Educativo
Venezolano, se hace un énfasis en que el Subsistema de educación Básica que
integrado por:
a) Nivel de educación inicial,
b) Nivel de educación primaria
c) Nivel de educación media.
El nivel de educación inicial: Comprende las etapas de maternal y preescolar destinadas a la
educación de niños y niñas con edades
comprendidas entre cero y seis años.
El nivel de educación primaria: Comprende seis años y conduce a la obtención del certificado de
educación primaria.
El nivel de educación media: Comprende dos opciones:
Educación media general: con duración de cinco años, de
primero a quinto año; y Educación media técnica con duración de seis años, de primero a sexto año.
Entonces!!!!! Los docentes de Educación
Especial, debemos salir de los liceos, de Educación Inicial y concentrarnos
todos de segundo grado a quinto grado????
A esto le sumamos los principios bajo los
cuales se rige la Educación Especial y vuelve hacer énfasis a lo anterior: Educación
Liberadora, universalidad, diversidad, formación, formación integral, unidad,
educación y trabajo, practica de la equidad-inclusión, prevención, corresponsabilidad
social e integración social.
Para acentuar a donde debemos abocarnos se
establece como línea estratégica de atención, la atención educativa integral de
niños, niñas y adolescentes jóvenes, adultas y adultos integrados en las
instituciones y centros educativos de los niveles y modalidades del SUBSISTEMA
DE EDUCACIÓN BÁSICA, tomando en cuenta la definición de subsistema de educación
básica en la LOE 2009. Esto deja de lado y sin efecto la orden de ZEA donde se
nos ordenaba dejar de atender INICIAL Y LICEO!!!!! DONDE SE HACE referencia
aque la atención es desde edades tempranas hasta la adultez, me parece que
Educación Especial esta Fortalecida y debe hacer mucho dentro de nuestro
Sistema Educativo Venezolano.
Para añadir más contundencia a esta
RESOLUCIÓN DEL MPPE, se establece que el abordaje es: población desde los 3
años de edad hasta los 15 años en las instituciones escolares, se puede
determinar y se confirma que a partir de 3 años estamos manejando educación inicial
y 15 años ya hasta media general. Donde
su Artículo 12 es claro y pleno como la luna llena. Y termina con una sentencia
desde el punto de vista de la línea de acción de la intrasectorialidad, que se
debe abocarse el docente de educación especial a coordinar y participar en la atención
de los estudiantes en los DIFERENTES NIVELES Y MODALIDADES, mas a nuestro favor
y razón.
En mi opinión personal hacia falta esta
aclaratoria por parte del MPPE, hay mucho por hacer, respeto al MPPE y ZEA como
rectores de la Educación, y sigamos juntos en la transformación educativa como
consecuencia de una consulta educativa en el país.
Atte.
Urián Felipe Valencia Rave, Dificultades del Aprendizaje 25-09-2017
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